Comunicado N°0004


COMUNICADO OFICIAL 0004

Mediante la Resolución No. 2022320030005874-6 del 14 de septiembre de 2022, emitida por la Superintendencia de Salud, se ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar a CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN entidad identificada con NIT 899.999.107-9, estableciendo en el  parágrafo del artículo undécimo de la Resolución No. 2022320030005874-6 que contra dicho acto administrativo procede recurso de reposición en efecto devolutivo, en consecuencia no suspenderá la ejecución de la medida de toma de posesión e intervención forzosa administrativa para liquidar, la cual procederá inmediatamente.

En la Resolución No. 2022320030005874-6 de fecha 14 de septiembre de 2022, la Superintendencia Nacional de Salud designó en calidad de Agente Especial Liquidador de CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN identificada con NIT. 899.999.107-9al Doctor HÉCTOR JULIO PRIETO CELY, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.225.017, para que ejecute los actos necesarios para desarrollar y llevar hasta su culminación el proceso liquidatorio de CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN identificada con NIT. 899.999.107-9.

El día 26 de septiembre de 2022, se efectuó el traslado de toda la población afiliada de CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN identificada con NIT. 899.999.107-9 a otras EPS receptoras, en consecuencia, a partir del 27 de septiembre la EPS no tiene afiliados.

Se advierte a las personas independientes o empleadores que en su calidad de afiliados al SGSSS, que pretendan el reconocimiento de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad pendientes de pago y a los usuarios que solicitan rembolsos y reintegros de aportes, para que se hagan parte del proceso liquidatorio radicando su reclamación de manera oportuna.

SE ADVIERTE que una vez vencido el término para presentar reclamaciones oportunas, el liquidador no tendrá facultad para recibir más reclamaciones de esta clase; en consecuencia las que se reciban con posterioridad se tendrán como extemporáneas. De igual manera tendrán esta misma característica las que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la intervenida, las cuales serán calificadas cómo pasivo cierto no reclamado.

Para la radicación de las reclamaciones se realizará una publicación en la página web oficial de CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN https://www.convida.com.co/, en donde se indicará el proceso a seguir por quienes tengan reclamaciones de cualquier índole contra la entidad en liquidación y a quienes tengan en su poder a cualquier título activos de la entidad, para los fines de su devolución y cancelación. En este aviso se ilustrarán las fechas de presentación oportunas y canal dispuesto para la recepción de estas acreencias.

Las incapacidades y licencias de maternidad y paternidad, que sean radicadas por fuera de los términos señalados en el aviso emplazatorio, no serán tramitadas y por consiguiente no serán liquidadas y pagadas.

NOTIFICACIONES

Recibo respuestas y notificaciones en el correo electrónico:

liquidacioneps@convida.com.co

Cordialmente,
HECTOR JULIO PRIETO CELY

Agente Especial Liquidador CONVIDA EPS-S EN LIQUIDACIÓN, identificada con NIT. 899.999.107-9